Inicio

INSCRIPCIÓN/EXCLUSIÓN DE UN CIUDADANO DE OTRO ESTADO MIEMBRO DE LA UE EN/DE EL CENSO PARA LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO

Un ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea residente en Hungría puede decidir ejercer su derecho de voto en las elecciones de diputados al Parlamento Europeo en Hungría y participar en la elección de diputados húngaros al Parlamento Europeo.

Lo que hay que hacer

Para darse de alta o de baja en el registro, debe presentarse una solicitud.

La solicitud puede presentarse por vía electrónica, en persona o a través de un apoderado.

  1. Por vía electrónica

La solicitud puede presentarse electrónicamente -con identificación electrónica- a través de la interfaz de administración personalizada disponible en www.magyarorszag.hu haciendo clic aquí.

  1. La solicitud puede presentarse en persona o por poder en cualquier oficina electoral local

La solicitud puede presentarse oralmente en persona, y el formulario para presentar la solicitud por poder puede cumplimentarse e imprimirse aquí.

La Oficina Electoral Nacional decidirá sobre la solicitud mediante un procedimiento de decisión automática.

Atención! En las eleccióones de diputados al Parlamento Europeo, un elector de un Estado miembro de la Unión Europea sólo puede emitir su voto en un país. La Oficina Electoral Nacional informará al Estado miembro de la nacionalidad del elector sobre la inclusión del mismo en el censo electoral húngaro, que procederá a dar de baja al elector en el censo electoral de dicho Estado miembro.

Atención! Su solicitud figurará en el registro húngaro, por lo que no podrá votar en el Estado miembro de su nacionalidad en las próximas elecciones al Parlamento Europeo (a menos que entretanto solicite su baja en el censo electoral húngaro o deje de residir en Hungría o pierda su derecho de voto).

Atención! Los datos personales facilitados en la solicitud deben ser idénticos a los que figuran en el certificado de domicilio del solicitante o en el documento oficial de identidad (tarjeta de identidad, pasaporte o permiso de conducir expedido por una autoridad húngara) y la dirección del solicitante en Hungría debe ser válida.

Al presentar la solicitud, es posible facilitar una dirección de notificación -además de su dirección de alojamiento- a la que la Oficina Electoral Nacional pueda entregar la decisión.

Plazos

La solicitud puede presentarse en cualquier momento, independientemente de las elecciones, pero para que se tenga en cuenta para las próximas elecciones de 2024, deben cumplirse los siguientes plazos:

  • 24 de mayo de 2024, a las 16:00 horas, para las solicitudes de inscripción,

  • en caso de solicitud de baja en el registro, el 30 de mayo de 2024, a las 16:00 horas.

Documentos que deben presentarse

No se requiere más documentación que la solicitud.

Obligación de pago

No hay obligación de pagar al presentar la solicitud.

Organismo adjudicador

La Oficina Electoral Nacional.

Datos de contacto de las oficinas electorales locales (si la solicitud se presenta en persona o por poder):

https://www.valasztas.hu/elerhetosegek

Organismo competente/recurso

Contra la decisión de la Oficina Electoral Nacional sobre la solicitud de inscripción/eliminación en/de el registro de ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión Europea se puede interponer recurso, a más tardar, el decimoquinto día siguiente a la decisión.

El recurso debe presentarse por escrito ante la Oficina Electoral Nacional:

- por correo electrónico: a la siguiente dirección: fellebbezes[at]nvi.hu o

- por correo postal: Oficina Electoral Nacional, 1397 Budapest, Pf. 547. o bien

- en persona: 1054 Budapest, Alkotmány utca 3.

La Oficina Electoral Nacional decidirá sobre el recurso a más tardar el decimoquinto día siguiente a su recepción o, en el caso de un recurso contra una decisión adoptada después de la convocatoria de las elecciones, a más tardar el día hábil siguiente a su recepción, pero no más tarde de las 15.00 horas del segundo día anterior al día de la votación.

Si la Oficina Electoral Nacional estima el recurso, modificará el registro e incluirá al solicitante en el registro húngaro/eliminará al solicitante del registro húngaro para las elecciones de los diputados al Parlamento Europeo.

Si la Oficina Electoral Nacional desestima el recurso del solicitante, presentará el recurso ante el Tribunal de Justicia Metropolitano para su consideración a más tardar el último día del plazo. El tribunal resolverá el recurso a más tardar el decimoquinto día siguiente a su recepción o, en el caso de una decisión adoptada después de la convocatoria de las elecciones, dentro de los tres días siguientes a su recepción, pero a más tardar el día anterior a la votación.

La representación por abogado no es obligatoria en los procedimientos judiciales.

Si el tribunal considera fundado el recurso, modificará la decisión; en caso contrario, desestimará el recurso.
 

Otras informaciones

La Oficina Electoral Nacional tramita la solicitud, formula y dicta la resolución -para todos los formularios de solicitud- utilizando el sistema informático electoral, sin intervención humana, en el marco de un procedimiento automático de toma de decisiones, con las siguientes excepciones:

  • por un administrador en persona o por un agente para la notificación de documentos en caso de solicitud:

            -  identificación,

            -  registro de la solicitud, entrega de la decisión,

  • la asistencia de un administrador se proporcionará en los casos especificados en el párrafo (5) del artículo 93 de la Ley XXXVI de 2013 sobre el Procedimiento Electoral (por ejemplo, discrepancia entre los datos de la solicitud del solicitante y los datos del registro central). Tras la asistencia de un administrador, la solicitud se considerará en el marco de la toma de decisiones automática.

Para votar, el solicitante debe:

  • ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea,

  • ser mayor de 18 años (o haber contraído matrimonio antes de esa edad)

Atención! No obstante, se puede presentar la solicitud a partir de los 17 años si

  • se dispone de un domicilio social en Hungría y

  • no se está inhabilitado para votar ni en Hungría ni en el Estado miembro de su nacionalidad.

Los ciudadanos húngaros residentes en Hungría se inscriben automáticamente en el censo electoral para las elecciones al Parlamento Europeo, por lo que no pueden presentar dicha solicitud.

  • En Hungría, la elección de los diputados al Parlamento se basa en un sistema electoral mixto. El Parlamento se compone de 199 miembros en total, 106 de los cuales son elegidos por mayoría relativa en circunscripciones uninominales y 93 por voto de lista. En la votación por lista, se puede votar por una lista de partido o por una lista de nacionalidad.
     
    Según La Ley Fundamental, las elecciones generales de los diputados deben celebrarse en abril o mayo del cuarto año siguiente a la elección del Parlamento anterior. El sistema electoral de Hungría es de una ronda.
     
    Sólo los ciudadanos húngaros tienen derecho a votar. Los votantes residentes en Hungría se inscriben automáticamente en el registro electoral y pueden votar por una lista y por un candidato individual. Los votantes pueden emitir su voto personalmente en el colegio electoral de su domicilio, pero también pueden votar en un municipio distinto al de su residencia (voto en ausencia) o en una representación en el extranjero. Los votantes que no tengan una dirección húngara sólo pueden votar por correo en una lista de partido, previa inscripcióne. 
     
    En una circunscripción de mandato único deben presentarse al menos 500 electores. El candidato que reciba más votos será elegido.
     
    Una lista de partido puede ser presentada por un partido que haya designado un candidato independiente en al menos 71 circunscripciones uninominales, en al menos 14 condados y en la capital. Una lista de partido que no haya obtenido al menos el 5% del total de los votos válidos para las listas de partido y las listas nacionales no podrá obtener un escaño. Una lista de nacionalidad puede obtener un mandato preferente. Los escaños de las listas nacionales se asignan según el método d'Hondt.
     
    Las circunscripciones uninominales de Hungría se enumeran en el anexo de la Ley CCIII de 2011 sobre la elección de los diputados.
     
    Legislación clave:
    • Ley Fundamental
    • Ley CCIII de 2011 sobre la elección de los diputados 
    • Ley XXXVI de 2013 sobre el procedimiento electoral
  • La regulación de las elecciones municipales es compleja. Hay normas distintas para los municipios de menos de 10.000 habitantes y para los de más de 10.000, con normas distintas para las ciudades con estatus de condado y la capital. En todos los municipios, los votantes eligen a un alcalde, en Budapest a un alcalde general, y a representantes (regionales) en la asamblea del condado.

    El sufragio activo

    En las elecciones municipales puede votar.

    • un ciudadano húngaro mayor de edad que resida en Hungría,
    • un ciudadano mayor de edad de otro Estado miembro de la Unión Europea que resida en Hungría,
    • una persona mayor de edad reconocida como refugiado, inmigrante o asentado en Hungría.

    Los votantes se inscriben al registro electoral automáticamente. Todos los votantes recibirán una notificación previa a la votación con información sobre la fecha, el lugar y otros detalles de las elecciones.

    Elegibilidad

    En las elecciones municipales un candidato debe ser.

    • un ciudadano húngaro mayor de edad,
    • un ciudadano mayor de edad de otro Estado miembro de la Unión Europea que resida en Hungría.

    Los candidatos pueden ser candidatos independientes, candidatos de partidos políticos o candidatos de asociaciones.

    El sistema electoral

    La regulación de las elecciones municipales es compleja. Hay normas distintas para los municipios de menos de 10.000 habitantes y para los de más de 10.000, con normas distintas para las ciudades con estatus de condado y la capital.

    En todos los municipos y distritos de la capital se eligen alcaldes y representantes del gobierno local, en Budapest el alcalde general y los miembros de la Asamblea General de Budapest, así como los representantes en las asambleas de condados.
     

    • Municipios de 10.000 habitantes o menos
      • El Consejo de Representantes:
      • Los representantes son elegidos por votación en bloque, formando todo el municipio una única circunscripción. El número de representantes a elegir viene determinado por la Ley L de 2010 sobre la elección de los representantes de los gobiernos locales y los alcaldes (2, 4, 6 u 8). Los candidatos que reciben más votos ganan mandato.
      • Alcalde:
      • El candidato más votado (sistema de mayoría simple) se convierte en alcalde.
      • Además de lo anterior, los votantes también pueden votar por las listas de la asamblea del condado. Los candidatos de esta lista son elegidos en proporción a los votos emitidos.

    • Municipios con más de 10.000 habitantes:

    • Ciudades, pueblos grandes
      • Representantes:
      • El número de representantes en los municipios está determinado por la Ley L de 2010 sobre la elección de representantes de los gobiernos locales y alcaldes. La circunscripción del representante individual la establece el notario local. Las elecciones se celebran en un sistema mixto: en las circunscripciones electorales uninominales (no es lo mismo que en las circunscripciones uninominales parlamentarias), se elige al candidato más votado, y los candidatos de la lista son elegidos en proporción a los votos emitidos.
      • Alcalde:
      • El candidato más votado se convierte en alcalde.
      • Asamblea del condado (regional):
      • Los candidatos de las listas comarcales son elegidos en proporción a los votos emitidos.

    • Ciudad con estatus de condado (25 ciudades)
      • Representantes:
      • El número de representantes en la ciudad está determinado por la Ley L de 2010 sobre la elección de los representantes del gobierno local y los alcaldes. La circunscripción del representante individual la establece el notario local. Las elecciones se celebran en un sistema mixto: en las circunscripciones electorales uninominales (no es lo mismo que en los distritos electorales uninominales parlamentarios), se elige al candidato más votado, y los candidatos de la lista son elegidos en proporción a los votos emitidos.
      • Alcalde:
      • El candidato más votado se convierte en alcalde.
      • Asamblea del condado (regional):
      • La población de una ciudad con estatus de condado no vota a la asamblea del condado.

    • Distritos de la capital–Budapest
      • Representantes:
      • Alcalde:
      • El candidato que reciba más votos será alcalde del Distrito Capital.
      • Alcalde de Budapest:
      • Todo el territorio de la capital forma un solo distrito electoral. El candidato que reciba más votos se convertirá en Alcalde de Budapest.
      • Miembros de la Asamblea General de Budapest:
        • el alcalde de Budapest elegido,
        • los alcaldes elegidos de 23 distritos,
        • otros 9 representantes consiguen escaños de la lista de compensación de Budapest.
      • Las listas de compensación de Budapest recibirán escaños en proporción a los votos obtenidos por los candidatos a la alcaldía que no obtuvieron mandato, propuestos por las organizaciones nominadoras.
      • Asamblea comarcales (regionales):
      • Los votantes de la capital no votan a la asamblea del condado.


    Legislación clave:

    • Ley Fundamental
    • Ley L de 2010 sobre la elección de representantes de gobiernos locales y alcaldes
    • Ley XXXVI de 2013 sobre el procedimiento electoral
  • En Hungría hay 13 minorías nacionales reconocidas: búlgara, croata, alemana, griega, armenia, polaca, rumana, rutenia, serbia, eslovaca, eslovena, ucraniana y armenia.

    Todos los ciudadanos húngaros mayores de edad que tengan derecho a votar en las elecciones generales de representantes del gobierno local pueden votar como votantes étnicos en las elecciones generales de representantes étnicos, siempre que se hayan inscrito voluntariamente como votantes étnicos en el registro de su nacionalidad antes de las elecciones. Cualquier persona inscrita en el registro de nacionalidades puede ser elegida.

    La inscripción en el registro de nacionalidad está sujeta a una solicitud, que es examinada por la oficina electoral local competente. Una persona sólo puede estar inscrita en un registro de minorías nacionales a la vez. Cualquier persona inscrita en el registro electoral de minorías nacionales puede proponer un candidato o una lista.

    La organización nominadora para la elección de los representantes del autogobierno de las minorías nacionales sólo puede ser una asociación en cuyos estatutos - al menos 3 años antes del año de la elección del autogobierno de las minorías nacionales - conste el propósito de representar a una nacionalidad específicamente designada.

    El Comité Electoral Nacional fijará la fecha de las elecciones generales de los representantes de las minorías nacionales autónomas el día de las elecciones generales de los representantes de los gobiernos locales y de los alcaldes.

    En las urnas, los votantes eligen a los diputados municipales, regionales y nacionales de su nacionalidad, según las elecciones convocadas.

    Los votantes pueden votar en la localidad en la que están inscritos en el registro electoral de nacionalidad. La mesa electoral entregará al votante inscrito como votante de una minoría nacional la papeleta municipal, regional o de autogobierno de una minoría nacional de su nacionalidad.

    Los candidatos que reciban el mayor número de votos en la elección según el número de representantes elegibles serán los representantes del autogobierno de la minoría nacional del municipio.

    Los candidatos de las listas regionales y nacionales obtienen escaños en proporción a los votos obtenidos. Ningún candidato de una lista podrá ser elegido si el número de votos emitidos para esa lista es inferior al 5% del número de votos válidos emitidos en la circunscripción.

    Legislación clave:

    • Ley Fundamental
    • Ley CLXXIX de 2011 sobre los derechos de las nacionalidades
    • Ley XXXVI de 2013 sobre el procedimiento electoral
  • El sufragio activo

    Pueden votar en la elección de los eurodiputados

    • los ciudadanos húngaros mayores de edad residentes en Hungría
    • los ciudadanos húngaros mayores de edad que residan en el extranjero, fuera del territorio de la Unión Europea, si solicitan su inscripción en el registro electoral
    • los ciudadanos mayores de edad de otros Estados miembros de la Unión Europea que residan en Hungría, si solicitan su inscripción en el registro electoral

    Más información sobre la solicitud de inscripción: https://www.valasztas.hu/mas-eu-tagallam-polgarainak-nevjegyzekbe-vetele
    Los votantes residentes en Hungría pueden votar en el centro electoral de su lugar de residencia, o pueden solicitar el cambio de registro a cualquier municipio del país. El día de la votación, los votantes que residen en el extranjero y tienen una dirección húngara pueden votar en las embajadas. Los votantes no residentes en Hungría pueden votar por correo si no residen en otro país de la UE y se registran para votar.

    Elegibilidad

    Puede presentarse como candidato a la elección de los diputados al Parlamento Europeo

    • ciudadanos húngaros mayores de edad,
    • un ciudadano mayor de edad de otro Estado miembro de la Unión Europea que resida en Hungría.

    El candidato puede presentarse como candidato de partido en una lista de partido.

    El sistema electoral

    Hungría cuenta con un total de 21 escaños en el Parlamento Europeo. Las elecciones son de una sola vuelta, y todo el país forma una circunscripción. El partido que haya recogido al menos 20.000 recomendaciones válidas para candidatura puede presentar una lista. Una lista de partido que no haya obtenido al menos el 5% del total de los votos válidos emitidos en las listas de partidos no puede obtener un escaño. Los escaños se asignan según el llamado método d'Hondt.

    Legislación clave:

    • Ley Fundamental
    • Ley CXIII de 2003 sobre la elección de los diputados al Parlamento Europeo
    • Ley XXXVI de 2013 sobre el procedimiento electoral

    Inscripción en el registro electoral de ciudadanos de otros países de la UE para la elección de diputados al Parlamento Europeo

    Como ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea que vive en Hungría, puede decidir si vota en las elecciones de diputados al Parlamento Europeo en el Estado miembro de su nacionalidad o en Hungría.

    La solicitud de voto puede ser presentada por

    • online en nuestro sitio web o
    • en persona o por correo en la oficina electoral local de su domicilio en Hungría

    Normas para presentar una solicitud

    Para votar, debe

    • ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea,
    • ser mayor de 18 años (o estar casado antes de esa edad),
    • tener una dirección registrada en Hungría, y
    • no estar inhabilitado para votar ni en Hungría ni en el Estado miembro del que es nacional

    Si decide votar por una lista elaborada por un partido político en Hungría, puede solicitar a la oficina electoral local de la alcaldía donde vive su inscripción en el registro electoral para la elección de los diputados al Parlamento Europeo.

    Puede presentar su solicitud online, por correo o en persona, rellenando el formulario 81. El formulario puede copiarse libremente.

    Puede presentar su solicitud a partir de los 17 años, pero solo puede votar si tiene 18 años cumplidos o está casado para el día de la votación.

    Para estar inscrito en el registro electoral de Hungría, debe presentar su solicitud en la oficina electoral local a más tardar 16 días antes del día de las elecciones.

    Para las elecciones al Parlamento Europeo, los ciudadanos de los Estados miembros de la UE pueden votar solamente en un país, por lo que informaremos al Estado miembro de su nacionalidad en el que será eliminado del registro de su país de residencia.

    A base de su solicitud, permanecerá en el registro electoral húngaro - y, por tanto, no podrá votar en el Estado miembro de su nacionalidad - para las futuras elecciones al Parlamento Europeo, a menos que

    • solicite su cancelación del registro electoral húngaro o
    • cancele su residencia en Hungría, o
    • pierda su derecho de votar

    Puede solicitar su cancelación del registro electoral húngaro para la elección de diputados al Parlamento Europeo en cualquier momento hasta 10 días antes del día de la elección.

  • Todos los que tienen derecho a votar en la elección de diputados tienen derecho a participar en un referéndum nacional.

    La Asamblea Nacional ordenará un referéndum nacional a iniciativa de al menos 200.000 votantes. La Asamblea Nacional puede ordenar un referéndum nacional a iniciativa del Presidente de la República, del Gobierno o de 100.000 votantes. La decisión de un referéndum válido y exitoso será vinculante para el Parlamento.

    El tema de un referéndum nacional puede ser una cuestión que entre dentro de los deberes y poderes del Parlamento.

    La Ley Fundamental regula los temas sobre los que no se puede celebrar un referéndum nacional.

    Un referéndum nacional es válido si más de la mitad de los votantes emiten un voto válido, y tiene éxito si más de la mitad de los votantes que emiten un voto válido dan la misma respuesta a la pregunta.

    Legislación clave:

    • Ley fundamental
    • Ley CCXXXVIII de 2013 sobre la iniciativa del referéndum, la iniciativa ciudadana europea y el procedimiento de referéndum
    • Ley XXXVI de 2013 sobre el procedimiento electoral
  • Todos los que tienen derecho a votar en la elección de los representantes del gobierno local y de los alcaldes tienen derecho a participar en un referéndum local.

    El órgano representativo de un gobierno local puede ordenar un referéndum local sobre un asunto de la competencia del órgano representativo.

    El órgano representativo está obligado a ordenar un referéndum local si ha sido iniciado por un número de votantes especificado en su decreto.

    Legislación clave:

    • Ley Fundamental
    • Ley CCXXXVIII de 2013 sobre la iniciativa del referéndum, la iniciativa ciudadana europea y el procedimiento de referéndum
    • Ley XXXVI de 2013 sobre el procedimiento electoral